Secretaria permanente de conscripción y
adiestramiento militar.
La secretaria permanente está
estructurada por una serie de elementos los cuales son:
·
Misión
·
Comando
·
Funciones
Tiene como principal misión planificar y ejecutar
los procesos de conscripción y alistamiento.
Está a cargo de un o una
Oficial General o Almirante y su
Organización se establecerá en el manual respectivo.
Sus funciones están estrictamente centradas:
1.
examen, selección y entrega de los
contingentes a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, a través de las
circunscripciones militares del País.
2. Asesorar por intermedio del Ministro o Ministra del Poder Popular
para la Defensa, al Presidente o Presidenta de la República y Comandante en
Jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, en el establecimiento de las políticas
en materia de conscripción y alistamiento.
Situación de actividad, excedencia y reserva.
Los venezolanos y venezolanas en edad para prestar el servicio
Militar, están incluidos en algunas de
las siguientes situaciones:
1. Actividad.
2. Excedencia.
3. Reserva.
Servicio
militar, modalidades
El
servicio militar, se cumplirá en las siguientes modalidades:
1. A
tiempo completo.
El servicio militar a tiempo completo, es
aquél que cumple todo
Venezolano y venezolana en edad militar, en
forma regular, continua e ininterrumpida en las unidades militares operativas y
administrativas que fije la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. Los lapsos de
prestación del servicio militar bajo esta modalidad, serán establecidos en el
Reglamento de la presente Ley.
2. A
tiempo parcial.
Los venezolanos y venezolanas que se
inscriban para prestar el
Servicio militar en forma parcial,
permanecerán en los cuarteles durante un tiempo específico, que le permita
realizar estudios o desempeñarse en un empleo, a los fines de garantizar su
crecimiento profesional y la estabilidad económica y social propia y la de su
núcleo familiar. Los lapsos de prestación del servicio militar bajo esta
modalidad serán establecidos en el Reglamento respectivo.
Conscripción y
adiestramiento militar.
Es el procedimiento inicial que deben cumplir
los venezolanos y
Venezolanas en edad militar, para prestar el
servicio militar y comprende las fases siguientes:
1. Inscripción.
2. Registro.
3. Calificación.
4. Convocatoria.
5. Reunión.
6. Entrega de las cuotas asignadas. La
definición de estas fases estará contenida en el Reglamento de esta Ley.
El Jefe o Jefa de la
Circunscripción Militar, una vez seleccionado
el contingente, hará
la distribución de acuerdo al plan de incorporación del Contingente ordinario,
y entrega a cada unidad receptora la cuota respectiva para su incorporación al
servicio militar requerido por la Nación, de Conformidad con esta Ley y su
Reglamento.
Documentación
militar personal, sanciones y sus aplicaciones.
Los venezolanos y venezolanas están en el deber de portar la
documentación que le acredite haber cumplido con las obligaciones militares, de
acuerdo a lo previsto en el Reglamento de la presente Ley.
Exigencia
de documentos por parte de las autoridades.
Las autoridades militares y
civiles podrán exigir en cualquier
momento la presentación del documento
que acredite el haber cumplido con las obligaciones militares.
Presentación de
documentación militar
El venezolano o venezolana está en la obligación de presentar
ante la autoridad competente o ente
privado correspondiente, el documento que acredite su inscripción militar o
haber cumplido con el servicio correspondiente como requisito indispensable,
para:
1. Inscribirse en los institutos de
educación diversificada y universitaria, tanto
públicos como privados.
2. Obtener licencias o permisos para
conducir vehículo automotor, naves y
aeronaves.
3. Ser admitido o admitida para
desempeñar cargo o empleo público nacional,
estadal o municipal;
4. Obtención de becas de estudios con
aportes del Estado; y
5. Las demás que se establezcan en
otras leyes y reglamentos.
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